Estimado cliente, para iniciar debe ingresar su CUIT y número de inscripción en el Registro de Generadores Especiales del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Resultados:
NOTA 1: Recordamos que previo a designar un transportista, inicialmente debe consultar a la empresa transportista, averiguar las condiciones de contratación y luego inscribirla en el formulario que se presenta a continuación. Una vez asignado el/los transportista/s, será/n dicha/s empresa/s la/s que finalmente transporte/n los residuos a CEAMSE. Una vez conformada/s la/s empresa/s, no puede modificarse el formulario para iniciar la autorización. Cualquier modificación posterior implica una nueva tramitación denominada “Cambio de transportista”, la cual tiene costo por el valor administrativo asociado.
NOTA 2: Aclaramos al generador que, -salvo comunicación expresa en contrario del generador a CEAMSE, que manifieste al momento del ingreso del tramite y pago del arancel-, cualquiera de los transportistas designados por el generador podrá retirar con la constancia del registro, la nota de aprobación del contrato y las correspondientes tarjetas plásticas que permite el acceso de los residuos transportados a los centros de CEAMSE (Complejo Ambiental y/o Estación de Transferencia).
Los residuos sólidos generados por las actividades industriales, comerciales y de prestación de servicios (a los fines de CEAMSE denominados “Generadores Privados”), pueden presentar diversas características físicas y químicas. En función de dichas características, estos residuos pueden ser clasificados como asimilables a los residuos domiciliarios o como residuos alcanzados por la Ley Nacional de Residuos Peligrosos Nro. 24.051 o para el caso de la Provincia de Buenos Aires la Ley de Residuos Especiales Nro.11.720. Estos residuos, clasificados como Peligrosos o Especiales, no pueden ser recepcionados por CEAMSE en Estación de Transferencia / Complejos Ambientales, salvo que previamente reciban un procesamiento que los transforme en residuos no peligrosos.
Por otra parte y de acuerdo con las nuevas normas de carácter imperativo, que tanto en el orden nacional como provincial, establecen como objetivos de la legislación ambiental el “tratamiento” de los residuos sólidos urbanos, entendiéndose por tratamiento al conjunto de operaciones tendientes a adecuar los residuos para su valorización, es decir para lograr el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos mediante el reciclaje en sus formas física, química, mecánica o biológica y su reutilización, CEAMSE ha procedido a redefinir el alcance de la gestión de los residuos sólidos urbanos que recepciona. En tal sentido esta Sociedad del Estado procederá a destinar a las plantas de tratamiento con ella vinculadas, aquellos residuos que tengan aptitud para los objetivos expuestos, manteniendo el destino de disposición final para aquellos otros residuos que no resulten susceptibles de incorporación a los objetivos de tratamiento, valorización y/o recuperación.
A los efectos de diferenciar cuales residuos pueden ser aceptados por esta Sociedad para ser recepcionados en Estación de Transferencia / Complejos Ambientales, para su tratamiento y/o disposición final, se cuenta con un Sistema para Generadores Privados que integra los aspectos técnicos, legales y administrativos de control de calidad de los residuos.
Por tal motivo cada Generador Privado que requiera remitir sus residuos a CEAMSE debe completar un formulario denominado “Solicitud de Tratamiento y/o Disposición de Final Residuos” (STDF), el cual tiene el carácter de declaración jurada. En dicha planilla deben detallarse los datos referidos al generador, materias primas empleadas, procesos de generación de residuos y descripción de los residuos cuyo tratamiento / disposición final se solicita.
Asimismo en la planilla de STDF, deben declararse el/los transportista/s que el generador contratará para enviar sus residuos. La suscripción de la planilla por parte de los responsables de las empresas generadora y transportistas establece un principio de corresponsabilidad para ambos actores (Generador y Transportista) en cuanto a la calidad de los residuos que finalmente se remitirán a tratamiento y/o disposición final.
De esta forma quedan establecidos los alcances de las responsabilidades para cada integrante de la cadena de gestión.
Luego de la presentación del formulario, CEAMSE efectúa una inspección en origen. De corresponder según el tipo de residuo, esta Sociedad puede efectuar un muestreo y posterior análisis (cuyos costos son a cuenta del generador) de la corriente residual de interés a fin de definir el curso de la autorización. Como resultado de esta evaluación puede rechazarse la totalidad de los residuos o bien excluirse algunas corrientes residuales, estableciéndose en este último caso la operatoria no-multicarga; es decir que el generador debe enviar sus residuos de manera tal que imposibilite que los mismos puedan ser mezclados con los residuos de otro/s generador/es.
Asimismo todos estos mecanismos se complementan con un control técnico administrativo sobre la totalidad de los vehículos que transportan residuos de origen privado para su recepción en Estación de Transferencia y/o Complejos Ambientales de CEAMSE. En caso que los residuos ingresantes no se correspondan con los previamente autorizados, serán rechazados.
En tal situación, dado que el sistema establece la corresponsabilidad entre generador y sus transportistas, resulta posible deslindar responsabilidades y accionar contra la parte que cometió la infracción.
Esto le permite a CEAMSE cumplir con sus responsabilidades y hacer cumplir a las empresas generadoras y transportistas con las exigencias de la legislación vigente.
Señor generador de residuos privados:
Los generadores privados de residuos sólidos de origen industrial, comercial y/o de servicios, como también las empresas transportistas que deban realizar su inscripción en CEAMSE, pueden realizar el trámite para obtener una autorización de tratamiento y/o disposición final de residuos, sistemática o continua.
El requisito para obtener este tipo de autorización es que exista generación de residuos en forma continua, es decir, no esporádica, para lo cual deberá existir una frecuencia estimada de envíos mínima de un envío anual para poder gestionar este tipo de autorización.
Para su mayor comodidad, al tramitar la recepción de sus residuos sólidos por CEAMSE, hemos habilitado el formulario Solicitud de Tratamiento y/o disposición final de residuos, disponible en un archivo descargable, lo que evita tener que retirarlo personalmente en CEAMSE.
El formulario se puede obtener haciendo clic en: FGOGP 01 STyDF SRPyE.PDF
También está disponible un ejemplo de cómo proceder a su llenado en el archivo: Ejemplo FGOGP 01 STyDF. PDF
Una vez completada la solicitud, con la documentación requerida ya adjuntada, dicho trámite debe ser presentado –de lunes a viernes de 9 a 15 horas- en nuestra sede:
Departamento de Administración Estadística y Comercial
(Oficina de Registro y Autorización) CEAMSE
Av. Amancio Alcorta 3000 (1437)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Aclaraciones generales:
Para mayor información, el solicitante puede realizar consultas previas a presentar el trámite, comunicándose con la Subgerencia de Residuos Privados y Especiales, División Registro y Autorización, a los internos 233, 285 y 325 (o fax, interno 311) de lunes a viernes de 9 a 16 horas, o bien dirigir la consulta por email a: [email protected]
Recomendaciones para cada ítem requerido en el formulario:
SECCIÓN A
SECCION B
Nota: Las empresas que por su actividad generan residuos cuya declaración en el formulario pueda dar lugar a confusión de datos entre el bloque correspondiente a Residuos Derivados y No derivados de la Actividad Industrial, Comercial y/o Servicios, como por ejemplo una empresa que tenga como actividad “Limpieza de parques”, deberá detallar los residuos en el espacio asignado a los Residuos Derivados de la Actividad Industrial, dado que los mismos provienen de su actividad. Ejemplo: pasto, limpieza de jardines, podas y residuos provenientes de mantenimiento de áreas verdes.
SECCION C
Medio de Transporte: la opción de emplear vehículo propio queda automáticamente incorporada, aún cuando el generador no la utilice. Por tanto, si el generador opta por remitir sus residuos con vehículos que no sean propios, debe marcar expresamente con una cruz la opción “Contratado”. El transporte contratado corre por cuenta y orden del generador, siendo éste quien designa a la empresa transportista que realizará el traslado de los residuos desde el establecimiento hasta la estación de transferencia o el complejo ambiental de CEAMSE que corresponda.
Forma de envío: marcar con una cruz la opción que indique realmente cuál será la forma de envío de los residuos generados. Las posibilidades son: A granel, Cuñetes, Bolsas, Tambores y Otros (describir si correspondiere).
Cantidad de kilogramos por viaje: es el peso neto promedio estimado de la carga de residuos en cada envío, expresada en kilogramos.
Frecuencia de viajes: es la cantidad de viajes a realizarse en un determinado intervalo de tiempo (por día, por semana, por mes, por año). Indicar con números enteros la cantidad de viajes, e indicar con una cruz la unidad de tiempo, empleada para expresar la frecuencia de envío a CEAMSE.
Estado del residuo:
SECCION D
Firma y aclaración del representante legal de la empresa generadora: la primera página del formulario debe ser firmada por el propietario, director técnico o el representante legal de la empresa generadora, a los fines de establecer un responsable de todos los datos indicados en la foja 1. La firma deberá estar aclarada y legible.
SECCION E
Nombre y apellido del personal técnico encargado de la gestión de los residuos in situ: datos de la persona que se encuentre en forma permanente en el establecimiento y sea la encargada de la gestión de los residuos, con quien pueda contactarse el evaluador de CEAMSE en forma previa o durante la visita a la planta.
Personas autorizadas a representar a la empresa en ausencia del representante legal: a fin de facilitar las gestiones ante CEAMSE, es conveniente citar más de una persona distinta al representante legal de la empresa generadora para que, en caso de ausencia de éste, pueda realizar las gestiones que correspondieren.
SECCION F
Domicilio legal: detallar, si es el caso, el domicilio legal de la empresa generadora que tramita la solicitud. Debe completarse exclusivamente si el domicilio legal no coincide con el detallado en la Sección A, como domicilio de generación de residuos.
Domicilio donde se desea recibir la correspondencia: opción para detallar, si correspondiere, un domicilio de la empresa donde a la misma le resulte más conveniente recibir la correspondencia.
SECCION G
Empresas transportistas contratadas: en caso de emplear únicamente la opción vehículo propio se deberá cruzar con una línea los tres bloques de la Sección G, sin incorporar ningún dato.
Para aquellos casos en que en la Sección C se marque la opción transporte contratado, en esta Sección G se deben completar los datos de la (o las) empresas transportistas que el generador autorice para el transporte de los residuos desde su planta hasta la estación de transferencia o el complejo ambiental de CEAMSE.
El generador podrá designar hasta tres empresas transportistas contratadas. Los datos que deben incorporarse en esta sección del formulario son los siguientes:
SECCION H
Firma y aclaración del representante legal de la empresa generadora: la segunda página del formulario será firmada por el propietario, director técnico o el representante legal de la empresa generadora, a los fines de establecer un responsable de todos los datos indicados en foja 2. La firma deberá estar aclarada en forma legible.
SECCION I
Firma y aclaración del representante legal de cada una de las empresas transportistas inscriptas y del representante legal de la empresa generadora. La tercera página del formulario será firmada por las personas mencionadas, a los fines de establecer la responsabilidad del generador y la corresponsabilidad de el (o los) transportistas de todas las condiciones establecidas en foja 3. Las firmas deberán estar aclaradas en forma legible.
SECCION J
Espacio asignado para la firma y aclaración del representante legal del generador: indicar también el tipo y numero de documento de identidad.
SECCION K
Espacio asignado para la firma y aclaración del representante legal de cada una de las empresas transportistas inscriptas por el generador: indicar también el tipo y número de documento de identidad.
SECCION L
Espacio asignado para certificar firmas: certificar la firma del generador. Si en el formulario se declaran empresas transportistas, también deberán certificarse las firmas de el (o los) representante/s de la/s empresas transportistas asignada/s. La certificación de firmas puede efectuarse por banco, policía o escribano.
Documentación a presentar con la solicitud: documentación que deberá ser presentada conjuntamente con el formulario de solicitud para conformar el trámite: fotocopia del contrato social, acta de directorio o poder donde el firmante se encuentra autorizado para firmar en representación del establecimiento. Para los casos de empresas unipersonales o sociedades de hecho, deberán presentar la fotocopia de la habilitación municipal o constancia de inscripción de Ingresos Brutos. Esta documentación será exigible exclusivamente para aquellos casos en que esta documentación no haya sido presentada con anterioridad en CEAMSE o bien si fue presentada, la misma se hallare desactualizada.
Fotocopia del DNI, CI, LE o LC de la persona firmante por parte de la empresa generadora. Exclusivamente para aquellos casos en que esta documentación no haya sido presentada con anterioridad en CEAMSE.
Fotocopia del DNI de la persona firmante por parte de la empresa transportista. Exclusivamente para aquellos casos en que esta documentación no haya sido presentada con anterioridad en CEAMSE. Si la empresa transportista ya está autorizada, no es necesaria la presentación de esta fotocopia.
Comprobante de inscripción en AFIP (emitido vía Internet, según normas vigentes) donde figure el número de CUIT y la razón social. Debe encontrarse vigente a la fecha de presentación y pago del trámite.
Las autorizaciones emitidas tienen una vigencia de 1 a 4 años de acuerdo al tipo de residuo autorizado y de actividad industrial en que se halle encuadrado el generador.
Para gestiones de cambios de domicilio o variación/ampliación de los residuos autorizados, se requiere presentar una nota tipo con membrete de la empresa generadora que indique claramente el requerimiento del cliente y haga referencia al número de autorización activa. Esta nota deberá ser firmada por el titular del establecimiento y el responsable de la empresa transportista que hayan registrado su firma en la solicitud presentada oportunamente.
Estas gestiones están exentas de pago.
Para el caso en que el cliente quiera modificar la denominación de la razón social se verificará el comprobante de inscripción en AFIP y posteriormente se comprobará si hubo modificación en el número de CUIT. De no haber modificación -es decir que el cliente conserva su número de CUIT-, el trámite de cambio de razón social se podrá realizar mediante una nota tipo que explique la intención del cliente de cambiarla, a la que deberá adjuntar la fotocopia del comprobante de inscripción en AFIP para la verificación de los datos.
En estos casos, las gestiones están exentas de pago.
Si existiera variación del número de CUIT, la gestión se deberá completar mediante la presentación de un formulario de Solicitud de tratamiento y/o disposición final de residuos, debidamente cumplimentado, más toda la documentación requerida para el trámite de cambio de razón social.
Señor generador de residuos privados:
Para aquellos casos en los que se requiera autorización para descargar residuos sólidos (no se reciben residuos líquidos) que se generen de manera eventual o se necesite disponer de una cantidad acotada de residuos que no conforman una descarga sistemática, según lo especificado en el punto “Solicitud de Disposición”, se ha creado el formulario “Solicitud de descarga por única vez / Decomiso”. Es para ser completado solamente cuando los residuos no se generen en forma continua.
El formulario puede descargarse haciendo clic en FGOGP 07 Solicitud Descarga Única. PDF.
También está disponible un ejemplo de cómo proceder a su llenado en el archivo Ejemplo Formulario DU2019.PDF
Igualmente, si le surgieran dudas acerca de cómo completarlo, puede consultarnos por correo electrónico:
[email protected].
Una vez completada la solicitud, con la documentación requerida ya adjuntada, dicho trámite debe ser presentado –de lunes a viernes de 9 a 15 horas- en nuestra sede:
Departamento de Administración Estadística y Comercial
(Oficina de Registro y Autorización) CEAMSE
Av. Amancio Alcorta 3000 (1437)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Documentación a presentar:
CEAMSE actúa como agente de percepción de IVA y de Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires; por eso, la empresa generadora que tenga alguna exención a estos regímenes deberá presentar los comprobantes correspondientes para acreditarla.
Costo de inicio del trámite: ver Instructivo de Centros, servicios, horarios y tarifas (Instructivo IGO GP – 03ABR19.pdf).
Una vez autorizada la descarga de los residuos, la validez de la autorización es de 90 días. Vencido dicho período caduca la autorización.
La descarga se abonará mediante créditos adquiridos previamente en sede central de CEAMSE una vez que el solicitante haya sido autorizado a descargar sus residuos y antes de iniciar el envío de los mismos.
Nota: en el caso de las empresas generadoras de residuos ubicadas a una distancia superior a los 100 km y menor de 250 km ando como Km 0 a la sede central de, CEAMSE), estas deberán abonar el ítem “Día técnico por viáticos”. Si se superara la distancia de 250 kilómetros, se considerarán 2 (dos) “días técnicos”. El detalle del valor correspondiente se encuentra en el instructivo Centros, servicios, horarios y tarifas (Instructivo IGO GP – 03ABR19.pdf).
Ante cualquier duda, por favor comuníquese al (011) 4912-0017/21, internos 233, 326 ó 325 (Departamento de Administración Estadística y Comercial).
Aclaraciones:
El régimen de corresponsabilidad generador-transportista tiene por objeto que exista una continuidad en la cadena de responsabilidades en la gestión de los residuos de generadores privados. Por ello, los residuos sólo pueden ser enviados a CEAMSE a través de los transportistas corresponsables con el generador. En consecuencia, bajo ningún punto de vista y sin excepciones, ninguna empresa distinta de la designada puede efectuar el transporte de los residuos del generador.
Dado que los generadores privados pueden remover, modificar o ampliar la nómina de transportistas corresponsables, CEAMSE estableció un procedimiento que permite a una empresa generadora de residuos previamente autorizada, enviar -en forma temporaria- sus residuos por medio de una nueva empresa transportista.
Mediante este procedimiento, la empresa generadora de los residuos expresa su decisión de cambiar una o la totalidad de las empresas transportistas corresponsables o bien ampliar la nómina de transportistas en la medida que la nómina final no supere el límite de 3 (tres) empresas (incluido el transporte por vehículo propio).
Por lo tanto, si un generador privado previamente autorizado requiriera cambiar o ampliar la nómina de transportistas corresponsables, deberá:
Solicitud de Inscripción como Transportista de Generadores Privados
Archivo para completar con los datos de la flota de vehículos
Al autorizar una solicitud de disposición de residuos, CEAMSE emite una tarjeta de autorización con código de barras. Un generador privado puede solicitar la emisión de tarjetas adicionales por diversos motivos (razones de seguridad, utilización de varias empresas transportistas o de varios vehículos).
Dentro del esquema de solicitudes de disposición de residuos con fecha de vencimiento, el generador puede obtener hasta 6 (seis) tarjetas adicionales sin cargo con su autorización de Solicitud de Disposición de Residuos. Superada esta cantidad, cada tarjeta extra solicitada tendrá un costo por unidad, cuyo valor se especifica en el instructivo IGOGP -03 (Centros de descargas, servicios, horarios y tarifas).
Asimismo, para las autorizaciones correspondientes al esquema anterior, el generador también puede solicitar tarjetas adicionales, con igual cargo.
La solicitud para tarjetas adicionales con los datos que indicamos completos, podrá realizarla enviando un mail a:
[email protected] ó [email protected]
con los datos detallados de:
nombre
Cuerpo de la licitacion
categoria
destino
concepto
El ingreso es voluntario y de aceptarlo, formarán parte del listado de proveedores según el rubro de su especialidad, y podrán ser invitados a cotizar determinado producto. Su ingreso no obliga a CEAMSE a su contratación.
CEAMSE mantendrá una política de privacidad respecto de la información contenida en los formularios ingresados, y en todos los casos será utilizada con arreglo a las leyes vigentes.
En breve nos comunicaremos con usted.